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Aprueban moratoria para el pago de impuestos en fase de cobranza administrativa

DGI calculó en $3,210 millones el monto de la morosidad en el pago de impuestos, de los cuales se podrían recuperar entre un 15% y 18% durante la moratoria.

REDACCIÓN ECO
Por REDACCIÓN ECO

El Consejo de Gabinete aprobó hoy el proyecto de ley 38-24, por el cual la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas concede un período de moratoria entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024, para el pago que recae sobre los intereses y recargos causados por el Impuesto sobre la Renta, el Impuesto de Inmuebles, el Impuesto de Aviso de Operación, Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS), el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC); y Tasa Única de personas jurídicas.

Pago de impuestos

La DGI calculó en 3,210 millones de balboas el monto de la morosidad en el pago de impuestos, de los cuales se podrían recuperar entre un 15% y 18% durante esta moratoria planteada.

La moratoria aplica para todas las personas naturales y jurídicas, además de los bienes inmuebles que se encuentran morosos por impuestos, tasas o contribuciones especiales en fase de cobranza administrativa o coactiva a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, que lleven a cabo el pago correspondiente al total de los saldos nominales adeudados, incluyendo multas, quedando exonerados del total de los intereses, recargos causados y las sanciones relacionadas al proceso ejecutivo de cobro.

También los contribuyentes que en condición de agentes de retención mantengan morosidad por impuestos retenidos de cuotas inherentes a períodos hasta junio de 2024 en concepto de Impuesto Sobre la Renta y Seguro Educativo podrán excepcionalmente hasta el 31 de diciembre de 2024, extinguir los saldos adeudados pagando directamente a la Dirección General de Ingresos.

La DGI señaló que, con esta ley, no se busca liberar de responsabilidad ni premiar a los contribuyentes por el no pago de sus compromisos tributarios; “muy por el contrario, lo que se busca es resolver algunas falencias del sistema de manera que le brinde a los contribuyentes mejores condiciones para el cumplimiento de sus obligaciones en atención al principio de justicia tributaria”.

También se busca que el Estado aumente la recaudación y, por ende, dinamizar la economía nacional; esto es necesario considerando las cifras de morosidad de contribuyentes en diferentes tributos, las proyecciones en la recaudación fiscal para el presente año, con respecto a lo presupuestado en esa materia, sostuvo la DGI en la sustentación del proyecto que deberá ser presentado a la Asamblea Nacional para su aprobación.

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El Consejo de Gabinete aprobó hoy el proyecto de ley 38-24, por el cual la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas concede un período de moratoria entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024.

El Consejo de Gabinete aprobó hoy el proyecto de ley 38-24, por el cual la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas concede un período de moratoria entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024.

Aprueban proyecto de ley que establece medidas para reducir el déficit fiscal y mejorar la relación deuda/PIB

El Consejo de Gabinete, también aprobó el proyecto de ley N.°39-24 que modificará y adicionará la Ley 34 de 2008, de Responsabilidad Social Fiscal, con lo cual se busca controlar el creciente déficit fiscal y reducir la relación de la deuda con el Producto Interno Bruto (PIB) a niveles aceptables por las calificadoras de riesgo y otros organismos como el Fondo Monetario Internacional.

El artículo 10 de este proyecto de ley establece que, en caso de producirse un déficit del Balance Fiscal del Sector Público No Financiero, este deberá seguir una trayectoria decreciente, con el objetivo de alcanzar una convergencia hacia la meta del 2.5% del Producto Interno Bruto nominal a partir del año 2027. El Órgano Ejecutivo estará facultado para revisar y ajustar la meta del balance fiscal establecida en este artículo cada cinco años, conforme a las condiciones económicas y fiscales vigentes, según el proyecto ley que deberá ir a la aprobación de la Asamblea Nacional.

En tanto, el artículo 11 de este proyecto de ley establece como meta intermedia la reducción del saldo de la deuda pública neta del Sector Público No Financiero hasta alcanzar un nivel igual o menor al 50% del Producto Interno Bruto nominal. Esto en un plazo de diez años, contados a partir de la vigencia fiscal 2026. Posteriormente, se deberá continuar con el nivel prudente de la deuda pública neta hasta llegar a un nivel del 40% en los siguientes cinco años.

La contratación de deuda será únicamente para financiar el déficit del balance total del Gobierno Central y las amortizaciones de la deuda pública, salvo en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, resalta el proyecto de ley aprobado hoy en Consejo de Gabinete.

También se establece en el artículo 12 de este proyecto de ley, que el Sector Público No Financiero mantendrá superávit primario, a partir de la vigencia fiscal 2028, consistente con la reducción de la deuda neta/Producto Interno Bruto al nivel prudente.

Medidas fiscales

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) deberá presentar, en el Marco Fiscal de Mediano Plazo, un plan de corrección que establezca las medidas fiscales que serán aplicadas para restituir la regla y las metas establecidas en esta ley.

Además, se crea el Consejo Fiscal como una comisión técnica independiente, cuyo objetivo es contribuir con el manejo responsable de la política fiscal del Estado, a través de la emisión de informes de opinión no vinculantes, conforme a sus funciones.

El proyecto de ley también prevé flexibilidades para situaciones específicas. Se establece que el MEF podrá solicitar al Consejo de Gabinete la suspensión temporal de la regla y las metas previstas, mediante la presentación de un informe de excepción sustanciado que deberá ser comunicado a la Contraloría General de la República, cuando ocurra alguna de las siguientes situaciones: estado de emergencia nacional y desaceleración económica o caída de los ingresos fiscales.

“La propuesta refuerza la credibilidad al exigir disciplina fiscal a todos los responsables de la gestión de los fondos públicos. El objetivo es ofrecer predictibilidad en la evolución de la deuda, con la meta de alcanzar, de manera responsable, un nivel igual o menor al 50% del Producto Interno Bruto nominal, en un plazo de diez años. Este proyecto de ley, alineado con las mejores prácticas internacionales de transparencia, marca un hito significativo en el fortalecimiento del marco fiscal de Panamá, aporta mayor certidumbre y rigor en la gestión de los recursos públicos, así como precisión y confiabilidad en la ejecución de la Ley de Responsabilidad Social Fiscal, reafirmando nuestro compromiso con la disciplina fiscal ante los panameños y los mercados financieros internacionales”, sostuvo el MEF en la exposición de motivos del proyecto de ley aprobado hoy en el Consejo de Gabinete.

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