El magistrado Cecilio Cedalise está en el foco de la opinión pública por elaborar un fallo de 50 páginas que iría en contra de la decisión del entonces magistrado juez de garantías, Jerónimo Mejía, quien determinó que la admisión de la denuncia equipara la imputación, por tratarse de un caso especial.
El abogado Guido Rodriguéz por su parte indicó que "ese proyecto de fallo, yo creo que la mayoría de la ciudadanía espera que el magistrado Cedalise pierda la ponencia, contradice primero que todo decisiones tomadas por el pleno de la Corte Suprema de Justicia, incluyendo el apoyo del magistrado Cedalise".
En el proyecto de fallo del magistrado, Cecilio Cedalise, no menciona el artículo más importante que sustenta la imputación, hablamos del 492 del Código Procesal Penal, el cual indica que "concluida la investigación, el Magistrado Fiscal emitirá por escrito su opinión jurídica en la que expresará su solicitud de elevación de la causa a juicio o de sobreseimiento. La calificación de la investigación corresponderá al Magistrado que ejerza las funciones de Juez de Garantías. La audiencia de formulación de la acusación debe realizarse dentro del plazo previsto en el artículo 344 de este Código, y que admitida la petición de elevación a juicio, se remitirá lo actuado ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, para que en esta instancia se resuelva lo que en Derecho corresponda. También el Magistrado que ejerza las funciones de Juez de Garantías dictará sobreseimiento, contra el cual procede el recurso de reconsideración ante el Pleno."
Para la exprocuradora de la nación, Ana Matilde Gómez, no existen elementos jurídicos para que la Corte vuelva analizar la imputación versus la acusación, y que de hacerlo, sería un desconocimiento del derecho, traducido a una toma de decisión forzando la norma.
De existir en la Corte 5 votos a favor de la demanda de inconstitucionalidad presentada por la defensa de Martinelli, el caso pinchazos telefónicos se anulará de forma automática.




