La Alcaldía de Panamá anunció la aprobación de una moratoria especial para los contribuyentes que mantienen deudas en concepto de impuesto de circulación. La medida fue oficializada mediante el Acuerdo Municipal N.º 248 del 2 de septiembre de 2025 y beneficiará tanto a personas naturales como jurídicas.
Plazos y porcentajes de exoneración de la moratoria
La moratoria estará vigente del 1 al 31 de octubre de 2025, bajo un esquema escalonado:
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Del 1 al 17 de octubre: exoneración del 100% de recargos, multas y sanciones.
Del 18 al 31 de octubre: exoneración del 50% de recargos, multas y sanciones.
Exclusiones de la moratoria
La Alcaldía aclaró que este beneficio no incluye otros impuestos como negocios, publicidad exterior, obras, construcciones u otros tributos específicos.
Tampoco aplicará a contribuyentes que tengan procesos en coactiva, arreglos de pago vigentes o restricciones activas en departamentos municipales.
Requisitos para acceder al beneficio
Los contribuyentes que deseen acogerse a la moratoria deberán:
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Estar paz y salvo en el resto de sus obligaciones municipales.
Formalizar el pago dentro del período establecido, según la tabla de porcentajes del acuerdo.
La Alcaldía precisó que la exoneración será aplicada únicamente una vez se registre el pago completo de la morosidad en los estados de cuenta respectivos.
Con esta medida, el Municipio busca incentivar el pago oportuno de tributos, aliviar la carga de los contribuyentes y mejorar la recaudación municipal de cara al cierre del año fiscal.