Panamá, 14 de diciembre de 2020.
Como estamento de seguridad del estado, el Servicio Nacional de Migración reitera que cumple con todas y cada una de las funciones determinadas en el Decreto Ley 3 del 22 de febrero de 2008, el cual regula el tema migratorio en el país; por lo que es su compromiso entre otras actividades; organizar, dirigir, registrar, fiscalizar y prestar el servicio migratorio a los extranjeros, así como velar por el control efectivo de su estadía en el país.
FUENTE: Redacción