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Promulgan resolución que permite actividades relacionada a la abogacía

Las oficinas de abogados solamente podrán operar de lunes a viernes, en un horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

En Gaceta Oficial se promulgó este viernes la Resolución N°574 del 19 de junio, que permite la operación y movilización de las actividades relacionadas con el ejercicio de la abogacía en todo el territorio nacional, bajo los siguientes parámetros:

  1. Las oficinas de abogados solamente podrán operar de lunes a viernes, en un horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
  2. Estas no podrán exceder la capacidad máxima de treinta por ciento del total de trabajadores.
  3. Deben cumplir con los lineamientos para el retomo a la normalidad de las empresas post COVID-19 en Panamá, y proveer a los trabajadores los implementos de bioseguridad, tales como: gel alcoholado, mascarillas, guantes, entre otros indispensables según los protocolos \ emitidos por la autoridad sanitaria.
  4. Para la movilización del personal de las oficinas de abogados, será necesario la emisión del correspondiente salvoconducto por parte del empleador, conforme su horario de labores.

FUENTE: Redacción Eco Tv