Panamá, 17 de mayo de 2021.
La petición de la fiscal, se fundamenta numeral 3 del artículo 26 de la Ley 67 de 2008, que señala que corresponderá a la Fiscalía General de Cuentas solicitar a la Contraloría General de la República, cuando se tenga conocimiento por cualquier medio de la comisión de un hecho irregular que afecte el patrimonio del Estado, con el fin de determinar la corrección o incorrección de las operaciones en el manejo de los fondos o bienes públicos.
Según la nota enviada por la fiscalía de cuentas, de haberse iniciado la auditoría correspondiente, se remita al Tribunal de Cuentas, para que formalmente se inicie la investigación de rigor por posibles afectaciones al Estado.
FUENTE: Redacción ECOTV