Panamá, 9 de mayo de 2020
Se hace saber a la ciudadanía en general que, esta normativa, será de estricta aplicación en los 26 corregimientos del distrito capital, a fin de cumplir con el principal objetivo de dicho decreto que es, garantizar los derechos y obligaciones entre los contratantes, pero cuidando la estabilidad, bienestar y seguridad de los arrendatarios, toda vez que debido a la pandemia por el COVID-19 se ha producido la pérdida de empleos y suspensión de las actividades comerciales e industriales, imposibilitando el pago puntual de los cánones de arrendamiento.
Por lo antes señalado, se instruye a los Jueces de Paz a no dar curso a los procesos pendientes de desalojo ni aquellos que se pretendan instaurar durante este tiempo, para no agravar la crítica situación de las familias. Así mismo se les recuerda que ante cualquier controversia, deberán recurrir a los métodos de pacífica solución de conflictos, y en última instancia, remitir a las partes ante la Dirección General de Arrendamiento del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial.
FUENTE: Redacción ECO