Panamá, 29 de abril de 2020
Dicho beneficio se publica en base en el artículo 184 numeral 12 de la Constitución Política, el cual establece que es facultad del Presidente de la República con el Ministro (a) de Gobierno, decretar rebajas de pena a los reos por delitos comunes.
Que de acuerdo con la Ley 55 del 2003, que reorganiza el Sistema Penitenciario, reglamentada por el Decreto Ejecutivo 393 del 2005, la entidad a través de las Juntas Técnicas, evaluaron a un grupo de personas privadas de libertad, candidatas a ser beneficiadas con rebajas de pena.
Este lunes se publicó una quinta lista, en la cual 72 personas privadas de libertad son candidatas a beneficiarse con la medida de rebaja de pena.
FUENTE: Redacción ECO