La Ley 500 sobre el ejercicio de la abogacía en Panamá fue promulgada oficialmente en Gaceta Oficial, introduciendo cambios significativos en los requisitos para obtener la idoneidad profesional. La norma modifica los artículos 2 y 9 de la Ley 350 de 2022, haciendo opcional y no obligatorio el examen profesional para ejercer como abogado.
Nuevas opciones para obtener la idoneidad profesional
Con la entrada en vigencia de la Ley 500, los aspirantes a ejercer la abogacía en Panamá deberán cumplir al menos una de las siguientes alternativas:
1. Aprobar el examen profesional
El examen de acceso a la abogacía evaluará la capacidad analítica y conocimientos jurídicos del aspirante. Este requisito aplicará solo a quienes inicien la carrera de Derecho después de la promulgación de la ley.
2. Publicar una tesis en revista indexada
Como opción de graduación, se permitirá obtener la idoneidad mediante la publicación de la tesis en una revista indexada o especializada.
3. Servicio voluntario por tres meses
También se podrá optar por la idoneidad realizando un período de servicio voluntario de tres meses en despachos o juzgados del Órgano Judicial, el Ministerio Público o instituciones públicas que cuenten con oficinas de asesoría legal.
Promulgación en Gaceta Oficial
La Ley 500 del 24 de noviembre de 2025 fue publicada en la Gaceta Oficial, formalizando la modificación a la Ley 350 del 21 de diciembre de 2022, que regula el ejercicio de la abogacía en Panamá.